Postergación de exigencia de indicadores sobre sostenibilidades en la memoria anual
Fernando Bravo
agosto 4, 2026

La CMF postergó en un año la implementación obligatoria de los estándares NIIF S1 y S2 exigidos para la memoria anual.
El 27 de julio pasado, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dictó la Norma de Carácter General (NCG) N°572, mediante la cual modificó la NCG N° 519 con el objeto de aplazar en un año la exigencia de incluir ciertos indicadores de sostenibilidad en la memoria anual de las sociedades anónimas abiertas, sociedades anónimas especiales, emisores de valores y, en general, sociedades sujetas a la obligación de confeccionar una memoria anual según la NCG N°30.
Norma modificada
La norma modificada (NCG N°519) estableció la exigencia de informar en la memoria anual de estas sociedades sobre la existencia de políticas en materia de gobierno corporativo, diversidad y, en general, sostenibilidad.
Deber de diligencia de los directores.
En cuanto al deber de diligencia y cuidado de los directores de la sociedad anónima, esto es, el deber de emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia que los hombres emplean ordinariamente en sus propios negocios, el proyecto propone precisar que este deber se entenderá empleado por el director cuando,
MENCIONES REQUERIDAS POR LA NCG N° 519 PARA LA MEMORIA ANUAL
Gobierno corporativo
Códigos de Buen Gobierno: adopción de códigos de buen gobierno y principios de la OCDE.
Diversidad en el Directorio: políticas para asegurar la diversidad en la nómina de candidatos al Directorio.
Diversidad e inclusión laboral
Protocolos y capacitación: porcentaje de empleados capacitados en prevención de acoso y violencia en el trabajo.
Reporte de denuncias: número de denuncias de acoso y violencia laboral, diferenciadas por tipo y género.
Sostenibilidad
Estándar SASB: métricas de sostenibilidad siguiendo el estándar SASB (Sustainability Accounting Standards Board).
Verificación opcional: en forma voluntaria, verificación independiente de reportes de sostenibilidad, especificando la información verificada y el estándar utilizado.
Estas exigencias han debido ser cumplidas por las sociedades según un calendario dispuesto por la CMF, siendo actualmente aplicables para todas ellas, con la salvedad de aquellas referidas a los estándares NIIF S1 y S2.
Parámetros NIIF S1 y S2
La NCG N°519 estableció la obligación de reportar conforme al estándar NIIF S1 (requerimientos generales para revelar información financiera relacionada con sostenibilidad) y al estándar NIIF S2 (información relacionada con el clima), ambos emitidos por el ISSB.
Inicialmente, estas exigencias serían aplicables desde el 31 de diciembre de 2026, debiendo cumplirse, por lo tanto, a partir de la memoria correspondiente a ese año.
La recién dictada NCG N°572 postergó en un año la entrada en vigencia de estas obligaciones. La CMF aduce como justificación para ello la existencia de “desafíos significativos en la preparación de la industria”.
Conforme con esta postergación, la obligación de reportar conforme a los estándares NIIF S1 y S2 estará vigente desde el 31 de diciembre de 2027, debiendo cumplirse, en consecuencia, a partir de la memoria correspondiente al ejercicio 2027.
Apoyo de la CMF
En todo caso, la CMF ha invitado a las sociedades a reportar voluntariamente la información del ejercicio 2026 conforme a NIIF S1 y S2, ofreciendo retroalimentación técnica a quienes así lo hagan.
Además, durante el presente año la CMF desarrollará un programa de monitoreo continuo de la evolución global de estos estándares y acciones para facilitar la implementación.
RECOMENDACIONES
● Revisar el estado de preparación actual de la información requerida por la N° 519 y los estándares NIIF S1 y S2.
● Aprovechar la retroalimentación técnica de la CMF, teniendo en consideración la opción de adoptar voluntariamente estos estándares para la memoria 2026.
● Diseñar un cronograma de implementación considerando el plazo extendido al 31 de diciembre de 2027.
● Estar atentos a comunicados, capacitaciones e instrucciones de la CMF.
Resumen informativo; no constituye asesoría legal.
